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El Portal Digital de su Ayuntamiento

Funciones del Síndico del Ayuntamiento

Secretario Geneneral

Lic. Imelda Liliana Vargas Manríquez

Síndico Municipal

El Cabildo, reúne tres figuras, con funciones distintas, el Presidente Municipal, que es el encargado de ejecutar los acuerdos y decisiones del cabildo, los Regidores, que norman y regulan la vida en la localidad, y el Síndico el cual vigila y protege los intereses y bienes públicos del Municipio.

¿Qué es el Síndico Municipal?

La palabra "síndico" proviene de las raíces griegas "Syn" (con) y "Dike" (Justicia), otros autores atribuyen su origen al francés medieval "sundycus," que significa delegado de una ciudad; en cualquiera de los casos, la definición tiene que ver con el cuidado de los intereses de una corporación, por lo que no es casual que la palabra "Síndico" tenga la misma raíz que la palabra "Sindicato."

Así pues, el Síndico es el encargado de vigilar y defender los interés municipales y representar jurídicamente al Ayuntamiento, así como vigilar el manejo de la gestión de la Hacienda Municipal; ocasionalmente realiza funciones de Auxiliar del Ministerio Publico.

En Resumen, por su función como defensor de los intereses municipales y procurar la justicia y legalidad, podemos afirmar que el Síndico es el Abogado del Municipio.

Funciones Concretas del Síndico Municipal

o

1. Procurar la defensa y promoción de los intereses municipales, así como también vigilar que el Ayuntamiento cumpla con las disposiciones que señala la ley y con los planes y programas establecidos.

o

2. Representar al Ayuntamiento en los litigios en que este forme parte.

o

3. Presidir las comisiones para las cuales sean previamente designados, participando en los dictámenes, resoluciones y acuerdos que efectuase el Ayuntamiento, así mismo, participar en todas y cada una de las comisiones de las que sea parte integrante.

o

4. Practicar, a falta de agentes de Ministerio Público, las diligencias penales y remitirlas a las autoridades competentes.

o

5. Conservar bajo su estricta responsabilidad, dentro de las oficinas del Ayuntamiento o en caja de seguridad de algún banco, los objetos o documentos importantes del municipio.

o

6. Recabar información relativa a los problemas, analizar los asuntos que se traten, y proponer alternativas de solución.

o

7. Vigilar que se cumplan los reglamentos y las decisiones tomadas por el Ayuntamiento en el ámbito de comisiones que tenga a su cargo.

Marco Jurídico

o

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

o

Constitución Política del Estado de Jalisco.

o

Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

o

Reglamento de Policía y Buen Gobierno.

o

Las demás Leyes y Reglamentos que apliquen a la función del Sindico Municipal.

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TECALITLÁN, JALISCO

Portal Victoria 9, Centro

Tecalitlán, Jal., C. P. 49900

Teléfonos: (371)418-0169 y 418-0178

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Última Actualización 15 de julio de 2010

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