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Gobierno Municipal 2024 - 2027

Presidenta Municipal: Brenda Patricia Barriga López

Presidenta Municipal

Tenemos el objetivo claro, las metas definidas, habrá progreso, desarrollo y crecimiento continuo en Tecalitlán, porque la fuerza de esta unión de almas y sueños que hemos consolidado harán que sigamos por el camino del bien, por el rumbo del servicio y que nuestro destino siga siendo el éxito, el bien común y la continuidad de los buenos gobiernos que se traducen en bienestar, equidad, igualdad, justicia y oportunidades para todos.

Tecalitlán, tienes mujer presidenta, una mujer que ha firmado su compromiso social por servirte, por darte todo cuanto tengo para hacer un trabajo ejemplar, limpio, honesto y transparente, tienes mi palabra, de servicio, de resultados y con un profundo amor a la asistencia social y al desarrollo de nuestro municipio.

Con afecto.
Brenda Patricia Barriga López


"Contigo de la mano, viene lo bueno y vamos por más!!!"

Obligaciones de la Presidenta Municipal

Reglamento, Artículo 25

  1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, las leyes que de ellas emanen, otras leyes, el presente reg1amento y los reglamentos y disposiciones de orden federal, estatal y municipal;
  2. Conducir las relaciones del Ayuntamiento con los Poderes de la Federación, del Estado y con los otros ayuntamientos de la entidad;
  3. Planear y dirigir el funcionamiento de los servicios públicos municipales;
  4. Planear, programar, presupuestar, coordinar y evaluar el desempeño de la administración pública municipal y de las entidades del Ayuntamiento;
  5. Ordenar la promulgación y publicación de los ordenamientos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones administrativas del Ayuntamiento,que deben regir en el Municipio, y disponer de la aplicación de las sanciones que correspondan;
  6. Promover la organización y participación de la ciudadanía y vecinal en los programas de desarrollo municipal;
  7. Conducir la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo, sus Programas Operativos Anuales, proyectos específicos, y vigilar el cumplimiento de las acciones que le correspondan a cada una de las dependencias de la administración municipal;
  8. Realizar la publicación del Plan Municipal de Desarrollo, del Programa Municipal de Desarrollo Urbano, los planes de desarrollo urbano de los centros de población, los programas de ordenamiento ecológico local, los planes parciales de desarrollo urbano, los planes parciales de urbanización que regulen y autoricen acciones intermunicipales en las cuales participe el Ayuntamiento; así como de las modificaciones de estos programas, planes o de la zonificación y, en su caso, promover su inscripción en el Registro Público de la Propiedad;
  9. Convocar al Ayuntamiento a sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, de acuerdo con lo que establece esta ley;
  10. Informar durante las sesiones ordinarias del Ayuntamiento, del estado que guarda la administración municipal y del avance de los programas;
  11. Informar sobre la administración...
  12. Constituir el Comité de Planeación...
  13. Vigilar el patrimonio municipal...
  14. Garantizar seguridad pública...
  15. Cuidar bienes municipales...
  16. Supervisar servicios municipales...
  17. Evaluar desempeño de servidores públicos...
  18. Aplicar sanciones administrativas...
  19. Rendir informe anual...
  20. Comunicar ausencias...
  21. Supervisar Hacienda Municipal...
  22. Controlar ingresos municipales...
  23. Evitar acuerdos ilegales...
  24. Visitar comunidades...
  25. Firmar iniciativas...
  26. Atender quejas ciudadanas...
Facultades de la Presidenta Municipal

Artículo 26

  1. Participar en sesiones del Ayuntamiento...
  2. Presidir actos oficiales...
  3. Nombrar servidores públicos...
  4. Tomar protesta...
  5. Asignar comisiones...
  6. Delegar facultades...
  7. Coordinar servicios públicos...
  8. Proponer nombramientos...
  9. Otras facultades legales...